El rótulo de un alimento se podría considerar la “carta de presentación” del alimento que contiene o acompaña, es su rostro visible. Por ello, la información que contiene no debe ofrecer ninguna duda, ni inducir a ningún tipo de confusión o engaño al consumidor.

Existen principios generales y requisitos reglamentarios específicos obligatorios para el rotulado de cualquier tipo de alimento destinado a la alimentación humana. Además, existen también requisitos de rotulado para alimentos destinados a los animales.

En esta nota, la Lic. Qca M Sc Claudia Sánchez y la Veterinaria M Sc. Ana Paola Zogbi, docentes del curso virtual “Rotulado de alimentos: requisitos obligatorios y de calidad diferenciadanos comentarán acerca de los requisitos particulares fijados en Argentina.


Requisitos generales obligatorios: Particularidades en Argentina

Reglamentación

Reglamentación en SENTIDO POSITIVO, SÓLO ESTÁ PERMITIDO aquello que cuenta con marco regulatorio…también vemos “prohibiciones” explícitas tales como:

Alérgenos

“Contiene…”, ó

“Contiene derivado/s de…”, ó

“Contiene… y derivado/s de…”.

Cuando una sustancia no forme parte de los ingredientes del alimento pero exista la posibilidad de contaminación accidental durante el proceso de elaboración, aun habiendo aplicado las BPM, indicarlo como:

“Puede contener…”, ó

“Puede contener derivado/s de…” ó

“Puede contener… y derivado/s de…”.

 A continuación de la lista de ingredientes

¿Qué sustancias deben rotularse?

Alérgenos y sustancias capaces de producir reacciones adversas en individuos susceptibles.

Los alérgenos o sus derivados que estén presentes en los alimentos envasados listos para ofrecerlos a los consumidores, ya sean añadidos como ingredientes o como parte de otros ingredientes.

Generales

  • Número de RNPA tamaño mínimo de los caracteres 1 mm. A continuación de la identificación de origen. Vigente desde agosto/2021. Plazo de adecuación hasta 17/08/2024.
  • Prohibición en los rótulos o publicidad dar indicaciones que se refieran a propiedades medicinales, terapéuticas o aconsejar su consumo por razones de estímulo, bienestar o salud.
  • Envases de hojalata para alimentos exclusivos para exportar debe colocarse la expresión Industria Argentina o su traducción en forma indeleble, pudiendo llevar sus pesos y medidas en cualquier sistema, además del sistema métrico decimal.

  • El envase primario que envuelve cada uno de los caramelos tiene una superficie de cara principal menor a 10 cm2. El envase que los contiene (bolsa) lleva toda la información obligatoria.

  • La capacidad del envase debe guardar relación con el volumen real del producto, no pudiendo existir entre ambos una diferencia mayor del 10% cuando se trate de envases opacos herméticamente cerrados y del 5% cuando se trate de envases transparentes.
  • Alimentos que deban ser descascarados antes de consumirse o que contengan elementos cuya ingesta implique un riesgo deberá consignarse con caracteres de buen realce y visibilidad y en un lugar destacado la/las siguiente/s leyendas según corresponda: “Atención: Consumir descascarado – No apto para niños menores de 6 (seis) años”. “Las partes pequeñas podrían ser ingeridas o aspiradas”. – “Atención : Por el tamaño es inconveniente su consumo por menores de … años”, colocando en el espacio en blanco, la edad adecuada. “Las partes pequeñas podrían ser ingeridas o aspiradas”. – “Atención: Contiene un juguete no apto para menores de 3 (tres) años”.
  • Específicos por alimento

  • Alimentos vegetales se permite la leyenda “Este producto, al igual que todos los de origen vegetal, no contiene colesterol”.
  • Alimentos envasados que contengan vegetales y cuyo contenido de nitratos sea mayor a 200 mg/kg de producto tal como se ofrece al consumidor (previo a su preparación), y en el caso de los jugos vegetales el contenido de nitratos sea mayor que 40 mg/litro, deberá consignarse con caracteres de buen realce y visibilidad y en un lugar destacado de la cara principal, la siguiente leyenda: “Este producto no es apropiado para niños menores de 1 año por su contenido de nitratos”.
  • Bebidas enlatadas colocar leyenda “no consumir directamente del envase”.
  • Miel en un lugar destacado de la cara principal, colocar la siguiente leyenda: “No suministrar a niños menores de 1 año”.
  • Productos azucarados con aromatizantes artificiales o con aromatizantes idénticos a los naturales y cuando no lo prohíba expresamente una norma particular del producto, se permite la representación gráfica de la fruta o sustancia cuyo sabor caracteriza al producto debiendo acompañar la designación del alimento con la expresión “sabor a …” (llenando el espacio en blanco con el nombre/s del sabor/es caracterizante/s), en letras de buen tamaño, realce y visibilidad; y la indicación “artificialmente aromatizado” con caracteres del mismo tamaño que la designación del producto.
  • Bebidas alcohólicas en envases de cualquier tipo desde el 19/05/2021 deben incluir en un lugar visible y en contraste de colores que asegure su correcta visibilidad  el siguiente pictograma. En plazo de adecuación hasta 18/05/2024.
  • Las etiquetas que se pongan en los alimentos preenvasados deberán aplicarse de manera que no se separen del envase.
  • Deben emplearse caracteres claros, bien visibles, indelebles y fáciles de leer por el consumidor en circunstancias normales de compra y uso.
  • Cuando el envase esté cubierto por una envoltura, en ésta deberá figurar toda la información necesaria, o la etiqueta aplicada al envase deberá poder leerse fácilmente a través de la envoltura exterior o no deberá estar oscurecida por ésta.
  • El nombre y contenido neto del alimento deberán aparecer en un lugar prominente y en el mismo campo de visión.
  • Uso de etiquetas complementarias (stickers) para dar la información obligatoria en idiomas diferentes al que esté preimpreso, en todos los casos deberá reflejar totalmente y con exactitud la información que figura en la etiqueta original.

  • Ana Paola Zogbi
    Veterinaria M. Sc.

    Es Veterinaria (UNL), Docente e Investigadora de la Facultad de Ciencias Agropecuarias y Químicas de la Universidad Católica de Córdoba (UCC). Posee formación académica universitaria de posgrado en Ciencia y Tecnología de Alimentos.

    Su participación en proyectos y estancias de investigación a nivel internacional le han permitido complementar su formación en Tecnología de Carnes en países europeos, principalmente España e Italia, como así también en países latinoamericanos abarcando diferentes aspectos como los procesos, el análisis sensorial, microbiológico e instrumental de la carne y productos cárnicos. A través de una Beca de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo del Programa Iberoamericano de Formación Técnica Especializada realizó el curso en Tecnología de los Productos Cárnicos del Centro de Tecnología de La Carne-lRTA Monells (Girona).

    Ha conducido proyectos de investigación y extensión, y ha dirigido tesis de formación en el cuarto nivel. Forma parte de RED Internacional CYTED-España, Productos Cárnicos Más Saludables (Healthy Meat).

    Docente Claudia Sanchez

    Claudia Sánchez
    Lic. en Química y Bioquímica (UNC) – Master en Ciencia y Tecnología de los Alimentos (UCC)

    Es Licenciada en Química y Licenciada en Bioquímica (UNC) y realizó un posgrado en Ciencia y Tecnología de Alimentos (UCC), además tiene formación como docente (UCC).

    Posee una amplia experiencia en la industria alimenticia multinacional, aproximadamente 20 años, de los cuales 14 años se dedicó a asuntos regulatorios para operaciones en América, Europa, Sudeste asiático y Oceanía, realizando actividades de vigilancia regulatoria, estudio, análisis y evaluación de impacto. Además se desempeñó en la construcción de herramientas para facilitar la comprensión y aplicación de requisitos y soporte durante gestiones sanitarias (registros e internalizaciones a instancias de importaciones). Estuvo 6 años en el departamento de calidad desempeñando funciones sobre la inocuidad alimentaria y sistemas de gestión. A lo largo de todo su trayecto profesional brindó soporte y servicio a clientes a los fines de facilitar las operaciones en múltiples destinos de comercialización. Formó parte de los equipos para la implementación y certificación de normas HACCP y BRC en operaciones industriales y de norma ISO 9001 en área corporativa de servicio.

    También se desempeña como capacitadora In Company y como docente en la Tecnicatura Superior en Bromatología (Colegio Nacional de Monserrat – UNC).



    Si te interesa conocer más acerca de la temática de Rotulado de Alimentos te recomendamos el siguiente curso:

    https://agroglobalcampus.com/product/rotulado-alimentos/

    Deja un comentario

    Inicio
    Cursos
    0
    Carrito
    Menu
    ×