En el marco de las Charlas Agro-Legal que gestionamos junto a la Sala de Derecho Ambiental del Colegio de Abogados de la Provincia de Córdoba, una de las conversaciones fue “Productos Fitosanitarios y su marco legal” que se llevó a cabo en el mes de octubre del 2020. 

La charla estuvo a cargo de profesionales con amplia trayectoria en el Derecho y en el Agro: el Dr. Aldo Ramón Santiago Novak, ex Juez del Juzgado de 1era Instancia y 31 A Nominación de la Ciudad de Córdoba, Titular de la Cátedra “B” de Derecho de los Recursos Naturales y Ambiental de la Facultad de Derecho de UNC; el Ing. Agr. Gabriel Pellizón de la Comisión directiva de AAPRESID; el Ing Agr. Mariano Luna de INTA Pergamino, experto en aplicaciones de productos fitosanitarios; y el Ing. Agr.Marcos Blanda, Secretario de Agricultura de la Pcia. de Córdoba.  

Desde las distintas disciplinas se desarrollaron temas como la calidad de aplicación de productos fitosanitarios, sus implicancias técnicas, los tratamientos en zonas periurbanas, programas y casos de aplicación. La charla tuvo un abordaje Legal-Ambiental que enmarca esta práctica en la Provincia de Córdoba y sus alrededores, junto a las necesidades, demandas y perspectivas actuales.  

En esta nota te resumimos los puntos más importantes de la charla, haciendo especial foco en la Ley 9.164 de Córdoba (Argentina).  

Si quieres ver la grabación completa haz click aquí


¿Qué opinaron los especialistas respecto a los productos fitosanitarios? 

En líneas generales, los disertantes mencionaron que la aplicación de fitosanitarios es la última herramienta que tenemos que utilizar, tenemos un montón de estrategias para implementar antes que nos pueden ayudar. 

Además, hicieron hincapié en que esta es una temática altamente significativa porque el ambiente es un bien común de titularidad colectiva que es omnicomprensivo: no solo tenemos una dimensión natural sino también una cultural, social. 

Ese derecho colectivo sobre los bienes del ambiente es posible de ser afectado cuando se degrada ese recurso. Entonces, hay una doble afectación si el recurso es degradado: a un derecho de incidencia colectiva donde todos tenemos derechos a esos bienes, y por otro lado al derecho humano sobre el ambiente. 

¿Cuál es el marco legal que tenemos en Córdoba? 

A nivel nacional no contamos con una regulación específica sobre los productos fitosanitarios.  

Desde el 2004 en córdoba contamos Ley 9164.  

Acceder a la ley completa: https://www.argentina.gob.ar/normativa/provincial/ley-9164-123456789-0abc-defg-461-9000ovorpyel  

¿Cuáles son los puntos más importantes de la Ley 9164? 

Los disertantes hicieron foco en algunos puntos de la ley que es importante tener en cuenta:  

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